Vida

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Microseguro Vida

Microseguro que ofrece protección en caso de muerte accidental o natural.

Coberturas

Coberturas

 Plan Plus

  Plan Prime

Fallecimiento

 S/ 12,000

 S/ 18,000

Invalidez total y permanente por accidente

 S/ 7,200

 S/ 7,200

 

 Coberturas

 Servicio de Asistencia de Salud

 Cantidad de Servicios Anuales

 Orientación Médica Telefónica 24x7

 Sin Límite

 Sin Límite

 Orientación Psicológica Telefónica

 Sin Límite

 Sin Límite

 Teleconsulta (Virtual) en Medicina General

 Sin Límite

 6 Servicios

 Médico a Domicilio en Medicina General

 Co Pago s/.35.00

 4 Servicios

 Ambulancia por Accidente o Enfermedad

 Hasta s/. 250.00

 1 Servicios

 Consulta Médica Ambulatoria con Médico General,  Ginecólogo, Pediatra y/o Gastroenterología*

 Co Pago s/.25.00

3 Servicios

 Exámenes de Imágenes (Rayos X) Derivados de Consulta Médica en la Red Afiliada 

 Hasta s/. 100.00

1 Servicios

 Medicamentos Derivados de Médico a Domicilio y Ambulatorio (Medicina Genérica)

 Hasta s/. 30.00

4 Servicios

 Exámenes Derivados de la Consulta Médica Ambulatoria (Hemograma Completo, Glucosa, Orina)

 Hasta s/. 100.00

1 Servicios

 

 

 Plan Plus

 Plan Prime

 Prima Comercial*

 54.00

 72.00

 

    • Vigencia: 1 año desde la afiliación. Renovación automática. 
    • Forma de Pago: Para el pago de las primas existen 02 opciones: 
      • Cargo en cuenta de ahorros, débitos automáticos (pagos mensuales o parciales). 
      • Pago en efectivo (pago del total de los aportes). 
    • Forma de comercialización: Venta directa en Agencias de Caja Huancayo a nivel nacional o desde el App Móvil o Caja Virtual. 
    • Edad de asegurabilidad: El ingreso al microseguro es para personas de 18 a 64 años y 364 días. 
    • Edad de Permanencia: La permanencia en el microseguro es hasta los 69 años y 364 días. 
    • El ASEGURADO tiene el derecho de arrepentimiento hasta 15 días calendarios para solicitar la resolución del Contrato de Seguro y la devolución de la prima pagada. 

LA CMAC HUANCAYO S.A. TIENE LA OBLIGACIÓN DE DIFUNDIR INFORMACIÓN DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº28587 Y EL REGLAMENTO DE GESTIÓN DE CONDUCTA DE MERCADO DEL SISTEMA FINANCIERO, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN SBS N° 3274-2017.